Un proceso electoral plagado de vicios
Autodenominado 'Comité Ejecutivo' del Comité Olímpico Peruano (COP) ha actuado con arbitrariedad. Primero dejó de lado la lista de Gianni Delucchi. Después validó la de Pedro del Rosario, le corrió traslado de tacha en su contra y le aceptó descargos.
Gustavo Cárdenas Brou, presidente de la Federación Peruana de Atletismo, sí registra sanción en el ámbito deportivo. Francisco Boza, incluido en la lista de candidatos de Del Rosario fue eliminado por directivos del COP. Las elecciones fueron convocadas por José Carlos Quiñones el 20 de enero de este año cuando ya estaba castigado.
Cada eslabón de la cadena del proceso electoral del Comité Olímpico Peruano (COP) contiene tal grado de corrosión que en cualquier momento terminará por romperse de manera irremediable.
Primero. La convocatoria tiene que ser realizada por el presidente del COP. El 20 de enero de 2017 el señor José Carlos Quiñones ya estaba sancionado por el Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte (CSJDHD).
Ver el siguiente link fechado el 13 de enero, una semana antes de la convocatoria del proceso electoral en esa organización deportiva: CSJDHD precisa que inhabilitación a José Quiñones sigue vigente.
Después que Quiñones salió del COP asumió la encargatura de la presidencia Víctor Puente Arnao, elegido vicepresidente en la lista original. Sin embargo, el médico Puente Arnao, extitular de la Federación de Remo, fue también inhabilitado por dos años. El 13 de abril se hizo público el caso.
Segundo. Debido a las renuncias de miembros accesitarios y de la junta directiva no hubo forma de integrar un Comité Ejecutivo. El que se formó el pasado 18 de mayo de 2017 carece de validez y en el acuerdo 004 acta de esa fecha se confirma esa situación.
Es más, ese día al verificarse la asistencia solo se contaron dos directivos: Maggie Martinelli y Jorge Salvador Távara; un accesitario, Marcello Cúneo; y el miembro COI Iván Dibós. En la práctica solo tres directivos, pues el miembro COI no forma parte de ninguna lista al momento de la elección.
Tercero. ¿Por qué ese espurio Comité Ejecutivo "corrió traslado" de la tacha interpuesta por Antonio Gómez a Pedro del Rosario y no hizo lo mismo con la tacha interpuesta por la misma persona contra la lista de Gianni Delucchi?
Cuarto. ¿Por qué el señor Pedro Del Rosario absuelve las tachas y se las envía a ese espurio Comité Ejecutivo, no siendo un órgano competente, y cuando ya estaba en funciones una Comisión Evaluadora que el propio grupo de amigos del COP había nombrado.
Quinto. ¿Por qué ese Comité Ejecutivo en un comunicado saca de la lista de Pedro del Rosario a Francisco Boza, pese a que el candidato a la presidencia del COP lo había defendido cuando Antonio Gómez presentó su tacha?
Ver carta completa de Pedro del Rosario y los argumentos para absolver tachas.
Sexto. Se afirma que el candidato a prosecretario general, Gustavo Cárdenas Brou, no ha sido sancionado por tribunal deportivo. Falso. El actual presidente de la Federación Peruana de Atletismo, fue amonestado en 2003 como figura en la resolución 019 de ese año. Ver expediente completo.
Séptimo. El señor Pedro del Rosario afirma que sí puede postular y que reúne los requisitos para tal efecto. También señala que tiene informes legales de reputados estudios jurídicos de Lima y del propio Comité Olímpico Internacional (COI).
"El COP acordó que estos informes fueran enviados al COI para que finalmente emitiera una opinión legal al respecto y es así que con fecha 7 de abril de 2017 el señor Pere Miró (...) envía al COP el informe del asesor jurídico del COI señor Jerome Poivey, quien catégoricamente indica entre otros apartados que el candidato de uno de los cinco nuevos deportes incluidos en el Programa de Los Juegos Olímpicos Tokyo 2020 tiene los mismos derechos de los candidatos de las otras federaciones de deportes que ya están en en el Programa Olímpico, y que cualquier duda en la elegibilidad de un candidato debe siempre a ser a favor del mismo".
Sin embargo, el escrito de Pere Miró no dice exactamente lo que afirma del Rosario, tal como se lee en esta imagen. (Acá lo pueden ver en tamaño mayor).
Octavo. El candidato Gianni Delucchi fue eliminado del proceso por un órgano no competente como el Comité Ejecutivo del COP, que además es espurio. Por lo tanto tiene el camino para interponer los recursos que correspondan.
En fin, esta lista puede continuar con otras objeciones más. Pero la principal de todas es la composición del Comité Ejecutivo, el acta del 18 de mayo es reveladora. No hay forma de otorgarles poderes plenos a ninguno de los cuatro directivos que figuran como representantes del actual COP.
Para colmo de males el Miembro COI, Iván Dibós, está sancionado con una amonestación del Consejo Superior de Justicia Deportiva.
Persistir en la conducción del COP bajo las actuales condiciones solo conducirá a sus directivos hacia procesos en el ámbito deportivo, civil y hasta penal. Nadie está pensando ni en los deportistas ni en los Juegos Panamericanos de 2019.
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*Periodista y editor del blog: www.unavozunavez.blogspot.com